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Volver a la sección de Expedientes Disciplinarios El Juzgado de lo Contencioso Administrativo ordena suspender una sanción por falta grave hasta que se dicte sentencia firme. Por fin, se generaliza por parte de los juzgados dar la razón a Si.P.E. en los casos en los que se pide la suspensión cautelar de la sanción.
05/12/08
En este caso, el compañero ha sido sancionado por falta grave a tres meses de empleo y sueldo, sanción que sin ningún género de dudas será anulada por los tribunales pero eso es otra cosa. Ya se pidió al Consejero que suspendiera la sanción hasta que se pronunciaran los jueces pero la soberbia y la prepotencia impiden al Departamento respetar los derechos de los ertzainas.
El Consejero hizo caso omiso a nuestra petición y hemos tenido que pedirlo al Juez, quien en un Auto comunicado ayer ha ordenado que se suspenda la sanción. Todos sabemos que la Justicia es lenta y el compañero ya ha cumplido más de la mitad de la sanción de forma ilegal, por lo que ahora el Departamento debe abonarle todas las retribuciones del tiempo que lleva cumpliendo la sanción mas los intereses legales, además de las vacaciones no disfrutadas, etc., todo ello con independencia de que la sentencia final sea favorable o no a nuestras tesis, que será favorable, por supuesto.
Al Consejero le importa una mierda que un ertzaina cumpla una sanción de forma ilegal y no le importa porque no paga él y porque por el momento ningún Juez se ha "cepillado" a ningún "gallifante" de Interior, pero todo llega y el que avisa no es traidor, sino avisador.
Si.P.E., tu mejor defensa; tu mejor opción.
Resumen del Auto
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