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El TSJPV sentencia el pase a la situación de Segunda Actividad de un ertzaina con efectos de 2008. El Departamento y el Juzgado de lo Contencioso se lo había negado.
14/09/10 El Departamento ha incumplido todas las normas habidas y por haber en este tipo de procedimientos. Ha obviado informes médicos de reconocidos especialistas y ha tenido en cuenta informes de médicos generalistas del Area Médica del Departamento, ha tenido a compañeros hasta más de un año sin citarles para pasar el Tribunal Médico de Segunda Actividad y ha desestimado cada alegación al respecto. En este caso, el año 2008 el agente solicitó su pase a la situación de Segunda Actividad por problemas físicos, pero como de costumbre lo único que mueve al Departamento son sus intereses despreciando absolutamente la salud de la mayoría de los ertzainas. Como en la mayoría de los casos se deniega la solicitud en un procedimiento repleto de irregularidades por lo que Si.P.E. comienza con los recursos pertinentes que finalizan en primera instancia en el Juzgado de lo Contencioso nº 5 con sentencia favorable al Departamento (esta jueza favorece arbitrariamente al Departamento en este tipo de procedimientos) Como no podía ser de otra manera, Si.P.E. recurrió en apelación al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco para enmendar la aberración cometida por la jueza del nº 5 y por el Departamento. Pues acaba de notificarse sentencia del TSJPV, y este tribunal, tras poner en su sitio a la jueza anulando su sentencia, ha fallado en favor de las tesis de Si.P.E. y ordena al Departamento de Interior que proceda a declarar el pase a la Situación de Segunda Actividad del compañero con fecha efectos de 2008. Un "agradecimiento" especial a esta jueza del nº 5 por perjudicar al compañero y un deseo de que nunca tenga que pasar por una situación similar al recibir una sentencia como la suya.
Si.P.E., tu mejor defensa; tu única opción.
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