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"Curso de Cámaras" El Juez obliga al
Departamento a abonar a un ertzaina las Gratificaciones
Extraordinarias solicitadas.
27/01/11
Recientemente, el Departamento obligó a muchos
compañeros a realizar lo que algunos denominaban "Cursos de cámaras",
"Cursos de seguridad", etc. En muchos de los casos se obligó a los
compañeros a realizar esos "cursos" en día planificado de libre.
En los centros de trabajo se indicaba a estos
compañeros que lo único que les correspondía era el cómputo de tres
horas por analogía al Consejo de Unidad.
Si.P.E.
recomendó a los ertzainas que realizaran la solicitud de
gratificaciones extraordinarias en lugar de la de Modificación de
Jornada, solicitando el abono de 6 horas, lo que supuso que desde
UTAP les negarán el pago y no tramitarán la solicitud de
Gratificaciones.
Se iniciaron los correspondientes recursos y el primero
juzgado ya ha dado su fruto, el Juez obliga al Departamento a
abonar al afiliado recurrente, los 111,84 Euros solicitados como
Gratificaciones Extraordinarias.
Si.P.E., tu mejor defensa; tu única opción.
Resumen de la sentencia
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Sentencia 15/2011
En la Villa de BILBAO (BIZKAIA), a diecinueve de enero de
dos mil once.
La Sra. Dña FERMINA PITA RASILLA, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo
de Bilbao ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso
contencioso-administrativo en el que se impugna: RESOLUCIÓN DE
15 DE JUNIO DE 2010, DE LA VICECONSEJERIA DE ADMINISTRACION Y
SERVICIOS DEL DEPARTAMENTO DE INTERIOR DEL GOBIERNO VASCO QUE
CONFIRMA LA DICTADA POR LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
DESESTIMANDO LA RECLAMACION DE GRATIFICACION POR ACTIVIDAD
FORMATIVA INTERPUESTA POR EL DEMANDANTE.
Son partes en dicho recurso: como recurrente
Ertzaina1; y
como demandada EL GOBIERNO VASCO.
FUNDAMENTOS
DE DERECHO
PRIMERO.- El objeto de la impugnación del
presente recurso contencioso administrativo contra la resolución
de 15 de junio de 2010 de la Viceconsejería de Administración y
Servicios del Departamento de Interior del Gobierno Vasco que
confirma la dictada por la Dirección de Recursos Humanos
desestimado la reclamación de gratificaciones por actividad
formativa interpuesta por el demandante.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación,
FALLO
Que debo estimar y estimo el recurso
contencioso-administrativo formulado por..., declarando el
reconocimiento de su derecho a percibir las gratificaciones
extraordinarias solicitadas y el abono de las mismas.
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