Indemnizaciones cambios de turno

Indemnizaciones cambios de turno

Notapor Javi » 25 Mar 2013, 18:46

Recordar a todos los/as ertzainas que el cambio de turno forzoso se indemniza con los gastos de desplazamiento y la dieta de manutención o los gastos de comida.

El los casos en los que el cambio es de turno de noche a tarde o mañana (lo más habitual) también corresponde la productividad de las noches.

Estos cambios, disfrazados de calendario B8, nos vienen afectando desde enero de 2012 (principalmente al personal de Tráfico).

¡ Las indemnizaciones son tuyas !
¡ Que el Dpto. no se quede con ellas ¡
Es más fácil engañar a las personas, que convencerlas de que han sido engañadas
Avatar de Usuario
Javi
Administrador del Sitio
 
Mensajes: 1473
Registrado: 29 Sep 2009, 01:22

Volver a General

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 17 invitados

cron