PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES.

16/03/11

El día 15 se ha publicado en el BOPV el Decreto de segunda modificación del Acuerdo Regulador. Las multiples condiciones impuestas por el Departamento para el Permiso por Asuntos Particulares desnaturaliza el fin de este permiso que llega con 20 años de retraso. Y es que, junto a Lakua, éramos los únicos funcionarios que no lo hemos tenido hasta ahora.

Descargar la modificación del BOPV

Se modifican o incluyen, la Licencia por embarazo y alumbramiento, Adopción y Acogimiento y Permiso por Asuntos Particulares.

En lo que al Permiso por Asuntos Particulares se refiere, se incluye finalmente la opción de cobro a cambio de no disfrutar de 3 de los seis días.

La opción de cobro hay que solicitarla durante el mes de enero, en el caso del año en curso hay un plazo de un mes desde su publicación en el BOPV, esto es, se puede solicitar el cobro de los tres días de 2011 hasta el día 15 de abril. En el caso de encontrarse de baja, bien por incapacidad temporal bien por cualquier otra causa justificada, podrá realizar esta solicitud en el plazo de quince días tras la reincorporación.

Los días a disfrutar deberán solicitarse en la misma forma que las vacaciones. La concesión del disfrute de este permiso dentro del plazo general establecido se realizará tras la concesión de las vacaciones y antes que la de los días de antigüedad.

Repasar el documento del BOPV para tener en cuenta el resto de condiciones del Permiso.