Como ya hemos adelantado en alguna ocasión, los conductores de los vehículos en servicios de urgencia pueden rebasar los límites de velocidad y realizar otras maniobras que están vetadas al resto de vehículos por lo que si los interesados/as siguen nuestras instrucciones ningún ertzaina (ni el resto de afiliados) abonará sanción alguna porque no habrá ninguna sanción firme que abonar.
Y esto no es nuevo, que parece que ahora alguien acaba de inventar la pólvora http://www.sipe.es/asesoria/otros/2015/ ... tzaina.htm