OJO CON LAS HORAS DE EXCESO SI HAS ESTADO DE BAJA LABORAL.

Las horas de exceso se disfrutan, por  lo general, en el año natural en el que se generan

 

28/01/10

 

Vamos a aclararlo para que en 2011 nadie se vuelva a llevar sorpresas.

Si a lo largo de 2010 tienes algún periodo de baja (IT) y acabas el año con horas de exceso no te las volcarán para 2011 y no podrás disfrutarlas.

Las horas de exceso hay que disfrutarlas, por lo general, dentro del año natural para evitar posibles problemas a la hora de disfrutarlas el año siguiente. Con independencia de que creamos que tenemos razón y que deberían computarse todas las horas, ya sabemos como son los jueces y cada uno puede interpretar el Art. 29.7. (habla de trabajo efectivo) del Acuerdo Regulador como le de la gana y luego no caben recursos por estos casos. Por lo tanto y para evitar cualquier sorpresa al año siguiente os aconsejamos que las horas de exceso sean disfrutadas antes de acabar el año.

Por supuesto, puede haber situaciones excepcionales como puede ser que cuando las pidas te las denieguen y no sea posible ya disfrutarlas, pero os aconsejamos no apurar a disfrutarlas hasta final de año. Ya sabemos que tampoco es fácil disfrutar las horas de exceso cuando se desean (es lo que tiene firmar los convenios como se firman) pero es mejor prevenir que lamentar.

Recordaros, sobre todo a los que debáis permanecer alguna jornada en situación de IT durante 2010, que si prevéis que vais a finalizar el año con horas de exceso, las disfrutéis antes de acabar el año porque de lo contrario no os las volcarán para el año siguiente.

Si.P.E., tu mejor defensa, tu única opción

 

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